Nuestro Patrimonio es nuestra identidad;
Salvemos la Iglesia de San Lorenzo de Úbeda;...
Salvemos la Iglesia de San Lorenzo de Úbeda;...
Según la Ley 397 de 1997 de la República de Colombia, "por todos los bienes y valores culturales que son expresión de la nacionalidad" o identidad de un pueblo, "tales como la tradición,
las costumbres y los hábitos, así como el conjunto de bienes
inmateriales y materiales, muebles e inmuebles, que poseen un especial
interés histórico, artístico, estético, plástico, arquitectónico,
urbano, arqueológico, ambiental, ecológico, lingüístico, sonoro, musical, audiovisual, fílmico, científico, testimonial, documental, literario, bibliográfico, museológico, antropológico y las manifestaciones, los productos y las representaciones de la cultura popular".4
Esto también se refiere a algún sitio o lugar que forme parte de la historia de algún país o región.
Por patrimonio arquitectónico se puede entender un edificio,
un conjunto de edificios o las ruinas de un edificio o de un conjunto de
edificios que, con el paso del tiempo, han adquirido un valor mayor al
originalmente asignado y que va mucho más allá del encargo original.
Este valor, como lo señalan los capítulos de ICOMOS, puede ser cultural o emocional, físico o intangible, histórico o técnico.
Las obras de arquitectura que pueden considerarse de patrimonio
arquitectónico serán entonces las que, debido a una multiplicidad de
razones, no todas de índole técnica o artística, se consideran que, sin
ellas, el entorno donde se ubican dejaría de ser lo que es.
Fuente: Wikipedia,..
da bien
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