lunes, 9 de febrero de 2026

Iglesia de Santo Domingo de Úbeda. El Obispado de Jaén puede romper la cesión de este inmueble por falta de mantenimiento

 Juan Ángel López Barrionuevo.

Portada Plateresca de Santo Domingo de Úbeda


El Obispado de Jaén puede romper la cesión la iglesia de Santo Domingo de Silos con la Unión Local de Cofradías, ante la falta de mantenimiento cuando se incumple el deber de conservación pactado, poniendo en riesgo la integridad del patrimonio, especialmente si se trata un bien histórico, como es el caso. Las causas específicas de resolución suelen basarse en los siguientes puntos:

  • Incumplimiento de la obligación de conservación: Si el cesionario, La Unión Local de Cofradías no realiza las reparaciones necesarias, permitiendo el deterioro del inmueble, el Obispado tiene derecho a revocar la cesión.

  • Desviación del uso acordado: Si el mantenimiento deficiente deriva de un uso distinto al pactado en el convenio (ej. actividades no compatibles con la finalidad religiosa o cultural prevista), procede la resolución.

  • Inexistencia de mantenimiento: En casos de cesiones en precario o convenios marco de rehabilitación, si el cesionario no invierte en la mejora y conservación, el propietario (la diócesis) puede resolver el acuerdo por incumplimiento contractual.

  • Responsabilidad por desperfectos: La falta de mantenimiento que genera desperfectos o perjuicios a terceros puede llevar al Obispado a romper el convenio para evitar responsabilidades. 



Estas son las Obligaciones de la Unión Local de Cofradías de Úbeda, ante la cesión de la Iglesia de Santo Domingo de Silos

La  Iglesia de Santo Domingo de Silos en Úbeda está sujeta a un convenio de cesión a favor de la Unión Local de Cofradías de Semana Santa., desde el año 2002. 

Esta colaboración permite que el templo, que se encontraba en aquel año en un estado perfecto de conservación , se utilice para diversos fines relacionados con la actividad cofrade y cultural de la ciudad:

  • Museo de Semana Santa: El objetivo principal de la cesión fue la instalación de un espacio museístico dedicado a la Semana Santa de Úbeda.

  • Sede de Actividades: La Unión de Cofradías gestiona el espacio para eventos tradicionales, siendo el más destacado la instalación anual del Belén Monumental, considerado uno de los más grandes de España.

  • Mantenimiento: Bajo los términos de la concesión, la Unión Local de Cofradías asume responsabilidades sobre el uso y mantenimiento ordinario del edificio.

  • Actos Solidarios: El templo también sirve como punto de referencia para campañas benéficas, como la recogida de juguetes en Navidad. 

A pesar de la cesión, han surgido debates públicos sobre la conservación de elementos específicos, como su artesonado, cuya responsabilidad de restauración profunda genera controversia entre las instituciones implicadas

La Iglesia de Santo Domingo de Silos en Úbeda se enfrenta desde el año 2017 en una situación crítica de conservación, caracterizada por la falta de un mantenimiento estructural integral y la necesidad de rehabilitación urgente, lo que la ha llevado a ser considerada para su inclusión en la "Lista Roja del Patrimonio" debido a su mal estado. 

Puntos clave sobre el mal mantenimiento y estado de la iglesia:


El templo, de estilo gótico-mudéjar y con un destacado artesonado de madera, ha presentado problemas de conservación graves. 


  • Riesgo Estructural: El templo, de estilo gótico-mudéjar y con un destacado artesonado de madera, ha presentado problemas de conservación graves. Se documentó la necesidad de colocar una red bajo la techumbre para evitar la caída de materiales debido al deterioro.

  • Abandono y Degradación: El edificio ha permanecido durante la última década en una situación de semiabandono o bajo usos limitados, lo que ha acelerado el deterioro de sus elementos, incluyendo el artesonado mudéjar y la portada plateresca.

  • Gestión y Parálisis: Aunque ha habido iniciativas, la gestión del inmueble y los cambios de titularidad o cesiones han complicado su rehabilitación. En 2025, se han reportado parálisis en las obras de la cubierta por falta de licencias, a pesar de la necesidad de actuación.

  • Impacto en la Portada Plateresca: Informes recientes (2026) indican amenazas de deterioro persistentes en la portada plateresca, especialmente tras fenómenos meteorológicos. 

A pesar de su valor histórico y su ubicación en el corazón del casco histórico de Úbeda, este BIC (Bien de Interés Cultural) ha sufrido una falta de mantenimiento sostenida que ha puesto en peligro su integridad. 

Clave de la bóveda del Altar Mayor



Al recibir un inmueble en cesión por parte del Obispado de Jaén, la Unión Local de Cofradías de Úbeda asume una serie de responsabilidades legales, económicas y de gestión que generalmente se formalizan mediante un contrato de comodato o precario

1. Obligaciones de Conservación y Uso

El cesionario (quien recibe el inmueble) asume la responsabilidad de velar por su mantenimiento siguiendo el Protocolo de uso y mantenimiento aprobado por la Diócesis

  • Mantenimiento Ordinario: La asociación debe costear los gastos cotidianos de mantenimiento para conservar el inmueble en el estado recibido.

  • Cuidado Diligente: Existe la obligación legal de emplear el "mayor cuidado" en la conservación del bien, respondiendo ante deterioros que no sean fruto del uso legítimo o del paso del tiempo.

  • Uso Específico: El inmueble debe destinarse exclusivamente al fin pactado en el acuerdo (social, pastoral o cultural). Si se utiliza para una actividad distinta, el Obispado podría exigir la restitución inmediata.





2. Rendición de Cuentas y Control Eclesiástico

  • Derecho de Visita: El Obispado de Jaén se reserva generalmente el derecho de inspección para verificar que el inmueble se mantiene correctamente y se cumple con sus fines estatutarios.

  • Restitución: En los contratos en precario, el Obispado puede solicitar la devolución del inmueble en cualquier momento si concurre una necesidad urgente o por simple voluntad. 


3.Gastos y Tributos

  • Suministros y Tasas: El pago de luz, agua, comunidad y tasas de basura suele recaer sobre la asociación.

  • IBI y Exenciones: Aunque los bienes de la Iglesia suelen estar exentos del IBI según la Ley 49/2002, el contrato puede estipular que la asociación asuma este coste o se haga cargo de otros impuestos municipales si la actividad es de carácter económico.

  • Seguros: Es habitual que se exija a la asociación la suscripción de un seguro de responsabilidad civil y de daños para cubrir cualquier incidente en el inmueble


4. Ayudas y Financiación

  • El Obispado puede canalizar ayudas o préstamos sin interés para restauraciones a través del Fondo de Cooperación Diocesana (FCD), siempre que se soliciten antes de diciembre del año anterior y la entidad esté al corriente de sus obligaciones.